Resolución 163/2019

Fecha de publicación17 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
undefinedCiudad de Buenos Aires, 06/05/2019

VISTO el Expediente EX-2018-42152818-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 y el Convenio Marco de Cooperación entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO de fecha 20 de marzo de 2017, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que a través de las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE PATAGONES, de la Provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener la cesión precaria y gratuita de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en un sector comprendido entre las calles Le Blanc- Celedonio Miguel – Juan de la Piedra y Proyección Boulevard Mariano Moreno, perteneciente al Cuadro de Estación Carmen de Patagones, de la Localidad de CARMEN DE PATAGONES, Partido de PATAGONES, de la Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido 79 - Circunscripción 1 - Sección E – Fracción 2, vinculado al CIE N° 0600068067/30 y que cuenta con una superficie aproximada de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (144.578,57 m2), conforme se detalla en el croquis identificado como PLANO-2018-63666312-APN-DNRBI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la referida solicitud tiene por objeto de destinar el inmueble como espacio verde, para el desarrollo de actividades recreativas, culturales, deportivas y sociales, como así también proceder a la puesta en valor de la estación y los galpones, lo que contribuiría a preservar y custodiar el lugar, sin que ello implique su transferencia al dominio público municipal.

Que el inmueble citado se halla en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme surge de los informes técnicos practicados.

Que de la constatación practicada en el ámbito de esta Agencia, se infiere que el sector solicitado se encuentra mayormente despejado de construcciones, observándose dos galpones ferroviarios sin uso, libre de vegetación; en cuanto al Edificio de la Estación el mismo posee un estado regular de mantenimiento. Asimismo se observa otro galpón ferroviario que...

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