Resolución 16/2021

Fecha de publicación24 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2021

VISTO el EX-2020-11258246-APN-DNEP#MHA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017, La Ley N° 25.675, la Resolución Conjunta Nº 3 de fecha 27 de noviembre de 2019 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA y la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la Resolución Nº 475 de fecha 30 de diciembre de 2020 del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la Resolución Nº 7 de fecha 11 Junio de 2021 de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO, DESARROLLO SOSTENIBLE E INNOVACIÓN, la Resolución N° 14 de fecha 4 de agosto de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado “CAMPAÑA DE ADQUISICIÓN SÍSMICA OFFSHORE ARGENTINA; CUENCA ARGENTINA NORTE (ÁREAS CAN 108, CAN 100 Y CAN 114)”, presentado por la empresa EQUINOR ARGENTINA AS. SUCURSAL ARGENTINA en calidad de proponente, en los términos de la Ley N° 25.675 y la Resolución Conjunta SE – SAYDS N° 3/19.

Que en dicho marco, se llevó a cabo la Audiencia Pública N° 1/21, como instancia participativa convocada por Resolución SCCDSEI N° 7/21, de trámite por ante EX-2021-47732609-APN-DGAYF#MAD, la que tuviera como objeto poner en consideración de la ciudadanía la documentación del Proyecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el marco jurídico vigente.

Que a partir de la realización de la audiencia pública, cumplido el Informe Final de la misma y de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1172/03 y la Resolución Conjunta N° 3/19, se dictó la Resolución SCCDSEI N° 14/21, la que dio por finalizada la instancia participativa, en marco de lo dispuesto en el artículo 6° del Anexo I de la Resolución Conjunta SE-SAYDS N°3/19.

Que por artículo 2° de la citada Resolución SCCDSEI N° 14/21 se estableció que los plazos previstos en los artículos 7° y 8° del Anexo I de la Resolución Conjunta SE-SAYDS N° 3/19 se computarán a partir de la publicación de la misma.

Que la mentada Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 6 de agosto de 2021.

Que con fecha 31 de agosto de 2021 se registró a través del Sistema de Trámites a Distancia (TAD), una presentación ciudadana (RE-2021-80902298-APN-DGDYD#JGM) suscripta por los representantes de la CÁMARA DE ARMADORES DE PESQUEROS Y CONGELADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CAPECA), la CÁMARA DE ARMADORES DE POTEROS ARGENTINOS...

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