Resolución 157/2019

Fecha de publicación27 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2019

VISTO el expediente electrónica N° EX-2019-54662896-ANSES-DPAYT#ANSES, la Ley N° 26.704, las Resoluciones D.E. –N N° 567 de fecha 30 de diciembre de 2013, D.E. –N N° 648 de fecha 11 de diciembre de 2014, y RESOL-2018-269-ANSES-ANSES de fecha 27 de diciembre de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.704 dispuso que las remuneraciones en dinero debidas al trabajador de regímenes a los que no les es aplicable la Ley N° 20.744, los haberes o prestaciones de la seguridad social del SIPA, aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones No Contributivas y los beneficios de planes o programas de ayuda social, podrán pagarse mediante la acreditación en cuenta abierta a nombre del trabajador o beneficiario en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial.

Que mediante la Resolución D.E.-N N° 567/13 se aprobó el “NUEVO RÉGIMEN INTEGRADO PARA EL PAGO DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL”, con el objeto de optimizar los procesos relativos al pago y fe de vida de los titulares de jubilaciones y pensiones del SIPA y de pensiones no contributivas y/o sus apoderados mediante un sistema tecnológico ágil, seguro, efectivo, confiable y sencillo, que utiliza herramientas biométricas que permiten la captura de la huella dactilar en forma digital.

Que dicha resolución fue modificada por su similar N° 648/14, la que dispuso que las entidades pagadoras deberán incorporar herramientas biométricas de identificación en cada una de las Sucursales, Centros de Pago y Mini Centros de Pago en las que se efectúe el pago de prestaciones correspondientes a jubilaciones y pensiones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) y pensiones no contributivas,.

Que mediante Resolución N° RESOL-2018-269-ANSES-ANSES se estableció que los apoderados de los titulares de jubilaciones y pensiones del SIPA y de pensiones no contributivas deberían enrolarse en el Programa MI HUELLA, estableciéndose para ello un plazo cuyo vencimiento opera el 30 de junio del corriente año.

Que mediante documento N° PV-2019-54983025-ANSES-DGDNYP#ANSES, la Dirección General Diseño de Normas y Procesos informó que teniendo en cuenta el inminente vencimiento del plazo referido precedentemente, resulta necesario extender el mismo hasta el 31 de Diciembre...

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