Resolución 1566-E.
Emisor | ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 14 de Marzo de 2017 |
Resolución 1566-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017
VISTO el Expediente Nº 591/11 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que la firma ESTRELLA SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en el Registro Público de Señales y Productoras, a través de la señal "CRÓNICA TV", el día 11 de diciembre de 2010, a partir de las 20.01 horas, durante el desarrollo de la "CONTINUIDAD INFORMATIVA", difundió un segmento, en infracción al Artículo 68 de la Ley N° 26.522, resultando aplicable las prescripciones del Artículo 107 inciso c) del citado cuerpo legal.
Que asimismo, a través de la señal "CRÓNICA TV", los días 27 y 28 de diciembre de 2010, a partir de las 21.50 y de las 7.47 horas respectivamente, durante el desarrollo de la "CONTINUIDAD INFORMATIVA", difundió segmentos, en infracción al Artículo 68 de la Ley N° 26.522.
Que durante el desarrollo de la emisión correspondiente al día 11 de diciembre de 2010, se difundió un informe que prioriza un acto propio de temática adulta, aplicando técnicas que enfatizan los componentes sórdidos, truculentos y morbosos que las imágenes contienen, lo cual resulta inadecuado para ser emitido dentro del horario Apto para Todo Público.
Que durante el transcurso de los segmentos correspondientes a los días 27 y 28 de diciembre de 2010, se difundieron imágenes relacionadas con la noticia del suicidio de un hombre en la cual la modalidad de representación del hecho, que reviste una marcada virulencia, conduce a exacerbar los aspectos más sórdidos que conlleva la información, constituyéndose de tal modo en un material crudo y realista donde la violencia aparece como un recurso privilegiado de generación de impacto en la audiencia, lo cual resulta inadecuado para ser emitido dentro del horario Apto para Todo Público, por tratarse de una temática compleja.
Que el área competente realizó un análisis del contenido de dichas emisiones, arribando a la conclusión de que la imputada ha vulnerado el marco normativo vigente.
Que se formularon los cargos y se ofreció vista de las actuaciones incoadas y de los elementos probatorios pertinentes; intimándose fehacientemente a la imputada para que efectuase su descargo y aportara...
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