Resolución 1564-E.

EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2017

Resolución 1564-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017

VISTO el Expediente N° 867/2017 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante la Ley Nº 27.078 se declaró de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes, con el objeto de posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad.

Que en el marco de sus funciones, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá mantener una política pública de acción rápida y eficaz que establezca un sendero racional en el desarrollo del sector, adaptando la regulación a los requerimientos del sector y la sociedad y colaborando en el reordenamiento del mercado de las comunicaciones.

Que en este orden de ideas, con fecha 10 de enero de 2017 el Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES suscribió ad referéndum del Directorio un Convenio Marco de Cooperación con el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que el Convenio referido ut supra tiene por objeto brindar colaboración mutua y asistencia técnica operativa entre las partes, en el ámbito de sus competencias específicas, procurando satisfacer los propósitos inherentes a sus objetivos institucionales y realizar acciones conjuntas para el desarrollo de políticas dirigidas a facilitar el acceso a la conectividad.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO ha intervenido en lo que respecta a su competencia.

Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico Permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 267/2015 y lo acordado en el Acta N° 17 de fecha 17 de febrero de...

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