Resolución 1552/2021

Fecha de publicación18 Mayo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2021

VISTO lo dispuesto por los artículos 43 y 46 inc. b) de la Ley de Educación Superior N° 24.521, lo dispuesto por Resoluciones Ministeriales N° 344 de fecha 30 de septiembre de 2009, N° 989 de fecha 11 de abril de 2018, N° 1254 de fecha 15 de mayo de 2018, N° 1051 del 4 de abril de 2019, lo resuelto por Acuerdo Plenario N° 245 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES y el Expediente Electrónico N° EX-2021-08378898-APN-SECPU#ME, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 establece que los planes de estudio de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes, deben tener en cuenta -además de la carga horaria mínima prevista por el artículo 42 de la misma norma- los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.

Que, además, el Ministerio debe fijar, con acuerdo del CONSEJO DE UNIVERSIDADES, las actividades profesionales reservadas a quienes hayan obtenido un título comprendido en la nómina del artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521.

Que de acuerdo a lo previsto por el mismo artículo en su inciso b) tales carreras deben ser acreditadas periódicamente por la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU) o por entidades privadas constituidas con ese fin, de conformidad con los estándares que establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en consulta con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES, según lo dispone el art. 46, inciso b) de la Ley de Educación Superior N° 24.521.

Que por Resolución Ministerial N° 344/09 se aprobaron los documentos requeridos por el artículo 43 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 respecto del título de LICENCIADO EN QUÍMICA.

Que por Resolución Ministerial N° 989 de fecha 11 de abril de 2018 y sobre la base del Acuerdo Plenario del CONSEJO DE UNIVERSIDADES No 177 se aprobó el “Documento Marco sobre la Formulación de Estándares para la Acreditación de Carreras de Grado”.

Que por la Resolución Ministerial N° 1254 de fecha 15 de mayo de 2018 se aprobaron las actividades profesionales reservadas al título de LICENCIADO EN QUÍMICA.

Que por la Resolución Ministerial N° 1051 de fecha 4 de abril de 2019 que pone en vigencia el Acuerdo Plenario del CONSEJO DE UNIVERSIDADES N° 178 se aprobó...

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