Resolución 155.

Fecha de disposición03 Agosto 2016
Fecha de publicación03 Agosto 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 155/2016

Buenos Aires, 07/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.672.227/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 y a fojas 11 obra el acuerdo y escala salarial, respectivamente, celebrados entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical y la empresa IBERIA LINEAS AÉREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente Acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 271/75.

Que mediante dicho acuerdo, las partes pactaron incrementos salariales con vigencia a partir del Primero de Enero de 2015, conforme a los términos y condiciones allí descriptas.

Que con respecto a la cuota solidaria, conforme surge de la Cláusula Novena, la misma tendrá la vigencia del Acuerdo traído a marras.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente medida se dicta, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 357/02 de Fecha 21 de Febrero de 2002 y sus...

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