Resolución 1547/2022
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2022 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD |
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2022
VISTOS los Expedientes EX-2022-39007572--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-51966600--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-59991711--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-78286207- -APN-SRHYO#SSS, EX-2022-81774880--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-81775738--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-81276533--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-81278533--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-82162461- -APN-SRHYO#SSS, EX-2022-82169548--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-82531234--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-51967852--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-71766992--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-71773841--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-76419962--APN-SRHYO#SSS, EX-2022-59990954- -APN-SRHYO#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, Nº 882 del 23 de diciembre de 202, N° 103 del 2 de marzo de 2022, N° 432 del 26 de julio de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y sus modificatorias, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 767 del 16 de mayo de 2022 y el Acta Nº 181 de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.PIC) del 7 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, plasmado en el Decreto N° 214/06, en su artículo 54º, establece que la promoción vertical de nivel o categoría escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N° 2098/08, determina, en los Artículos 14 y 15, los requisitos mínimos que se deben acreditar para postularse a los distintos niveles escalafonarios.
Que el Decreto N° 103/22 homologa el Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal...
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