Resolución 154.

Fecha de disposición03 Mayo 2016
Fecha de publicación03 Mayo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 154/2016

Bs. As., 10/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.657.703/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS, por la parte gremial, y la empresa COSMÉTICOS AVON SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen el otorgamiento de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, en los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 157/91.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para suscribir el Acuerdo, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que asimismo han ratificado su contenido y acreditaron su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional de marras, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS y la empresa COSMÉTICOS AVON SOCIEDAD ANÓNIMA...

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