Resolución 1531.

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación29 Diciembre 2015
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1531/2015
Bs. As., 01/10/2015
VISTO el Expediente N° 1.681.237/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la
Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.689.632/15, agregado como foja 29 al Expediente N° 1.681.237/15,
obra el acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL
PAPEL, CARTÓN Y QUÍMICOS, por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES,
por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales con vigencia a partir del 1
de julio de 2015, para el personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 698/14,
conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la
Cámara empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y
ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio,
tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de
conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las
presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido
en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/TUhFNVJhUlJVWUErdTVReEh2ZkU0dz09
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