Resolución 152.

Fecha de disposición29 Noviembre 2016
Fecha de publicación29 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 152/2016

Buenos Aires, 23/11/2016

VISTO el Expediente N° 593/2016, del registro de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS y el EX -2016-03163973 - APN-DDYMDE#MM, las Leyes Nros. 25.246 y 27.260, sus complementarias y modificatorias, los Decretos Nros. 290 de fecha 27 de marzo de 2007, 469 del 30 de abril de 2013, 1025 del 14 de Septiembre de 2016, la Resolución de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA N° 453 de fecha 22 de octubre de 2013 y el Anexo I del Acta Acuerdo de fecha 8 de Septiembre de 2016 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Sectorial para el personal de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA; y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 5° la Ley N° 25.246 se creó la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el Artículo 92 de la Ley N° 27.260 se efectuó el traspaso del mencionado organismo a la jurisdicción del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que a través del artículo 3° del Decreto N° 1025/16, se facultó al Presidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA a modificar su estructura orgánica y funcional, previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la actual estructura organizativa se encuentra aprobada por el Artículo 1° del Decreto N° 469/13, siendo posible su modificación por este acto, en razón de las facultades conferidas por el mencionado Artículo 3° del Decreto N° 1025/16.

Que a través de la Resolución UIF N° 453/13 se aprobó la estructura de segundo nivel operativo del Organismo.

Que por el artículo 7° del Decreto N° 290/07 se reglamentó la facultad de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA para establecer agencias regionales en aquellas jurisdicciones que considere necesarias.

Que por el Anexo I del Acta Acuerdo de fecha 8 de Septiembre de 2016 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Sectorial para el personal de la UIF se aprobó un nuevo escalafón para la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

Que a los fines de optimizar la estructura orgánica y funcional a las nuevas situaciones y necesidades del Organismo, en observancia a los Estándares Internacionales que rigen la materia y a las razones de versatilidad, competitividad y seguridad descriptas en los considerandos del Decreto N° 1025/16, corresponde modificar la estructura orgánica y funcional de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

Que el servicio jurídico de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 3° del Decreto N° 1025/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al Organigrama y Responsabilidades Primarias y Acciones que como Anexos I y II forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°

El gasto que demande la medida será imputado a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Entidad 670- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ARTÍCULO 3°

Las disposiciones de la presente Resolución regirán a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su publicación.

ARTÍCULO 4°

Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- MARIANO FEDERICI, Presidente, Unidad de Información Financiera.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia, coordinando su accionar con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

ACCIONES:

  1. Elaborar la programación general de la actividad a cargo de la Unidad de Auditoría Interna, en base a normas generales de Auditoría Interna.

  2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y someterlo a la aprobación de la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

  3. Diseñar, planificar, coordinar y ejecutar los Planes Anuales de Auditoría, conforme las normas generales de control y auditoría y lo que le encomendara la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

  4. Asesorar en la determinación de normas y procedimientos propios de Control Interno.

  5. Revisar aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, bajo criterios de legalidad, economía, eficacia y eficiencia practicando los análisis, inspecciones, verificaciones y pruebas que considerare necesarios en los diferentes sectores del organismo.

  6. Producir informes de Auditoría y, en caso de corresponder, formular las recomendaciones y observaciones pertinentes.

  7. Realizar informes a solicitud de la PRESIDENCIA DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

  8. Comunicar a la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN los desvíos que se detecten con las recomendaciones y observaciones que se formulen, realizando su seguimiento.

  9. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

    UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

    DELEGACION REGIONAL (NORTE Y LITORAL)

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Colaborar con los procesos de trabajo de las distintas direcciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en las provincias que integran la jurisdicción de la Agencia Regional, actuando como intermediaria y facilitadora de las actividades que se dispongan.

    ACCIONES (TIPO):

  10. Colaborar con los procesos de trabajo de las distintas direcciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en las provincias que integran la jurisdicción de la Agencia Regional, actuando como intermediaria y facilitadora de las actividades que se dispongan.

  11. Redactar informes y estudios técnicos sobre los aspectos regionales referentes al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, identificando tendencias y evaluando los riesgos vinculados a dichos delitos.

  12. Diseñar e implementar operativos de control de alto impacto en zona de fronteras, en cooperación con la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA de países limítrofes, FUERZAS DE SEGURIDAD NACIONALES Y PROVINCIALES Y ORGANISMOS NACIONALES, tales como la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y su dependencia, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, como así también la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES dependiente del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.

  13. Colaborar con la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en la identificación de expedientes penales por delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo en las provincias que integran la jurisdicción de la Agencia, a fin de facilitar la intervención como querellante de la Unidad en los casos en los que se estime pertinente.

  14. Elevar a consideración de la Presidencia la suscripción de Convenios con instituciones y organizaciones que, por sus cometidos propios en las provincias que integran la jurisdicción de la Agencia, puedan colaborar con las funciones y objetivos específicos de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

  15. Implementar los protocolos que la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA establezca para el relevamiento, tratamiento y transmisión de la información en las provincias que integran la Agencia, respetando las exigencias de confidencialidad y protección.

    UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

    DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Y PRENSA

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Elaborar y diseñar anualmente el Informe de Gestión para el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA en colaboración con el resto de las Direcciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

    ACCIONES:

  16. Desarrollar las relaciones institucionales del Organismo con los distintos sectores, entidades e instituciones públicas.

  17. Asesorar y coordinar la ejecución de la estrategia de prensa del Organismo en general y de la Presidencia en particular con los medios de comunicación nacional e internacional.

  18. Organizar, coordinar y gestionar actos y eventos institucionales.

  19. Dirigir las acciones de protocolo y ceremonial del Organismo.

  20. Asistir en la comunicación de la Unidad con los distintos sectores que la normativa vigente determina como Sujetos Obligados a informar.

  21. Administrar y elaborar los contenidos y diseños de las páginas WEB e INTRANET de la Unidad.

  22. Elaborar los comunicados y contenidos de prensa de las actividades del Organismo.

  23. Desarrollar e implementar campañas de comunicación del Organismo.

    UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

    DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestión integral de los recursos humanos, económicos, financieros, patrimoniales, de logística operacional y de control, con el fin de apoyar las actividades de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA; así como en todo lo referente a su infraestructura y servicios.

    ACCIONES:

  24. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su desarrollo, las relaciones laborales y la planificación y diseño organizacional.

  25. Proyectar y formular el presupuesto anual de ingresos y gastos y programar los créditos y cuotas presupuestarias respectivas.

  26. Efectuar el monitoreo presupuestario del organismo procurando la optimización en...

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