Resolucion 1516
Fecha de publicación | 08 Febrero 2008 |
Fecha de disposición | 08 Febrero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31341 |
Que la vigencia está establecida a partir del 1º de julio de 2007.
Que asimismo, cabe señalar, tanto el ámbito personal de aplicación como el territorial del presente acuerdo, se circunscriben a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales del mismo.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo alcanzado, se procederá a intimar a las partes de autos a acompañar las escalas salariales a fin que por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, se elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo prescrito en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA - CAPITAL FEDERAL y las firmas EMPRESA DISTRIBUIDORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA --EDENOR S.A.--, y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA --EDESUR S.A.--, glosado a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.235.304/07.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 Expediente Nº 1.235.304/07.
Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
Posteriormente gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Asimismo en ese mismo acto procédase a intimar a las partes a acompañar las escalas salariales a fin que por intermedio de Dirección de Regulaciones del Trabajo, se elabore el pertinente proyecto de Base promedio y Tope Indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo prescrito en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.235.304/07
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2007
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1515/07, se...
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