Resolución 150. RESOL-2018-150-APN-SECT#MT

EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO
Fecha de la disposición26 de Julio de 2018

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 150/2018

RESOL-2018-150-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2018

VISTO el Expediente Nº 1.756.673/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 16/18 del Expediente Nº 1.782.274/17, agregado como foja 59 al principal, obra el Acuerdo celebrado entre la UNIÓN FERROVIARIA y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo los agentes negociadores convienen modificaciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1442/15 "E", del cual son las mismas partes signatarias, conforme a los términos del texto pactado.

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones pactadas en los Acuerdos de marras, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, como principio, de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (1976).

Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos se...

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