Resolución 150/2022

Fecha de publicación25 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA


Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el expediente N°15/2020/INAMU, las Leyes N°26.801, N°27.539, la Resolución N°32/2020/INAMU, N°49/2020/INAMU, la Resolución N°71/2020/INAMU y la Resolución N°118/2021/INAMU; y

CONSIDERANDO:

Que por ley N°26.801, por la cual se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, constituyendo un avance significativo en el fomento y protección de la actividad musical de nuestro país, siendo objetivo, entre muchos otros, proporcionar una herramienta adecuada para el acceso y desarrollo de la actividad artística que ejercen nuestros músicos y músicas, bajo una lógica distinta a la del mercado y la finalidad unívoca del lucro.

Que por ley N°27.539 estableció el cupo femenino y acceso de artistas a eventos musicales en vivo que hacen al desarrollo de la actividad musical, obligando la convocatoria y participación de artistas mujeres y/o identidades de género autopercibidas a los eventos que se desarrollen con tres (3) o más artistas solistas y/o agrupaciones musicales, en base a la tabla indicativa prevista en el artículo 2 de la ley citada, y porcentajes de cupo cuando se supere la cantidad de diez (10) artistas en la grilla musical.

Que el artículo 7 de la ley N°27.539 establece que el Instituto Nacional de la Música será la autoridad de aplicación de la presente normativa, y su artículo 8 regula las funciones que la ley le asigna a la autoridad de aplicación, entre las cuales se encuentran: el de ejercer las facultades de control previo a la realización de los eventos y su posterior inspección a los fines de garantizar los derechos conferidos por la presente ley; el de elaborar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de la presente ley; el de imponer las sanciones y recaudar las multas en virtud del incumplimiento de las prescripciones previstas en la presente ley; el de realizar un seguimiento y elaborar un informe anual de carácter público y de alcance nacional sobre la participación femenina en espectáculos de música en vivo; y el de promover a través de los medios de comunicación el conocimiento de los derechos establecidos por la presente ley.

Que la Resolución N°32/2020/INAMU aprueba el cuerpo de disposiciones para sustanciar sumarios por infracciones a la ley N°27.539.

Que la Resolución N°49/2020/INAMU establece el Reglamento de Denuncias, resultando obsoleta ante la creación e implementación del sistema de gestión digital para el envío y recepción de las mismas, mediante el formulario digital disponible en el sitio web...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR