Resolucion 1489

Fecha de disposición06 Febrero 2008
Fecha de publicación06 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31339

Trabajo, Empleo y Seguridad Social-- en día y hora de audiencia el Secretario General del Sindicato Obrero de Choferes Camioneros Ayudantes de Córdoba, D. PEDRO SCIRETA, acompañado del Secretario Gremial HECTOR TOFFOLLETTO y los apoderados de la Cámara Argentina de Transportadora de Caudales Dres. LUIS ROBERTO PEREDA y JOSE MARIA GONZALEZ LEAHY.

Declarado abierto el acto por el ACTUANTE y concedida la palabra a los representantes gremiales manifiestan:

De conformidad con el acuerdo suscripto el 21 de agosto de 2007, en expediente Nº 1.233.581/07 ante la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo entre la Cámara Argentina de Transportadoras de Caudales y la Federación de Trabajadores de Caudales y la Federación de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor o de Cargas Logística y Servicios y el Sindicato de Choferes de Camiones modificando las condiciones de Trabajo de la Rama de Transporte de Caudales Item 5.1 del Convenio Colectivo Nº 40/89. Solicitan se considere por la parte Empresaria la posibilidad de pago íntegro del adicional previsto en el Item 5.1.13 quedando sin efecto el prorrateo previsto en el Item 5.1.22 del acuerdo de que se trata. Concedida la palabra a la parte Empresaria, manifiestan:

Que en cumplimiento de expresas instrucciones, accede a lo solicitado y, en consecuencia el personal de Custodios de Unidades Blindadas que se desempeñen en la Provincia recibirán el adicional previsto en el Item 5.1.13 en su totalidad a partir del primero de agosto del año en curso, quedando sin efecto el prorrateo de que se trata. No siendo para más se da por terminado el acto previa lectura y ratificación de lo expuesto firmando los comparecientes en prueba de conformidad por ante mí funcionario actuante que certifico y doy fe.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1489/2007

Registro Nº 1594/2007

Bs. As., 5/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.202.351/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1241 de fecha 16 de octubre de 2007 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 61 del Expediente Nº 1.202.351/06, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION GREMIAL OBREROS Y EMPLEADOS DE CEAMSE (AGOEC) y la COORDINACION ECOLOGICAAREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO (CEAMSE), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 722/05 'E' conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº 1241/07 y registrado bajo el Nº 1364/07, conforme surge de fojas 87/89 y 92...

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