Resolución 1489/2022

Fecha de publicación04 Octubre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2022

VISTO el Expediente EX-2019-55565159- -APN-ATRES#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 23.551 y sus modificatorias regula el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que la ASOCIACIÓN GREMIAL UNIÓN DE EMPLEADOS LEGISLATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO convocó a elecciones para la renovación de sus autoridades de comisión directiva y comisión revisora de cuentas para el día 4 de octubre de 2019.

Que tal proceso electoral fue puesto en crisis ante la autoridad judicial generándose los autos “DELLAMEA VÍCTOR EDUARDO JOSÉ Y PIETTO GERMÁN ARIEL S/ACCIÓN DE AMPARO” radicados en la Cámara Contencioso Administrativo, Única Instancia, Sala 1 de la Provincia del CHACO.

Que la justicia declaró la nulidad del llamado a elecciones de autoridades formulada por la ASOCIACIÓN GREMIAL UNIÓN DE EMPLEADOS LEGISLATIVOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO para el día 4 de octubre de 2019, ordenando una nueva convocatoria, en los términos del capítulo VI del Estatuto Social de tal entidad sindical, el Decreto 467/88 y la Ley 23551.

Que en fecha 4 de marzo de 2021, mediante sentencia N° 56 el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco confirmó el decisorio de Cámara.

Que el mandato de la última comisión directiva, conforme registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales fenecieron el día 13 de marzo de 2020.

Que el artículo 56 de la norma citada, establece como autoridad de aplicación al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y, que ante la acefalía de la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o del órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, podrá designar un funcionario a los fines de regularizar la situación.

Que, por lo tanto, deviene necesario que efectivamente este MINISTERIO arbitre las medidas conducentes a superar el estado en que se encuentra, mediante la designación de un Delegado Normalizador.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerio N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto DNU N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Delegado Normalizador en la ASOCIACIÓN...

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