Resolución 1488/2020

Fecha de publicación31 Mayo 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2020

VISTO el EX-2020-71979178- -APN-DGD#MT, del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546,

CONSIDERANDO:

Que en el RE-2020-71978668-APN-DGD#MT del EX-2020-71979178- -APN-DGD#MT, obra un acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de dicho acuerdo las partes pactan el pago extraordinario de una suma no remunerativa, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, en virtud de los términos y condiciones allí establecidas.

Que, en relación con el carácter atribuido a las asignaciones no remunerativas pactadas, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito de aplicación de dicho instrumento se circunscribe a la correspondencia entre el objeto de la representación empleadora firmante, y el ámbito de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que a su vez se deja indicado – atento a la referencia efectuada al Artículo 15 de la Ley N° 20.744 - que la presente homologación es dictada en los términos de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que, en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIÒN OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA, por el sector empleador, que luce en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR