Resolución 147.

Fecha de disposición03 Mayo 2018
Fecha de publicación03 Mayo 2018
SecciónResoluciones

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 147/2018

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2018

VISTO el Expediente EX-2018-17293240-APN-SG#ACUMAR, las Leyes Nº 26.168, N° 27.401, el Decreto Nº 277/2018, las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 402/2017 y N° 5/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que el artículo 10 de la norma mencionada establece que el régimen de compras y contrataciones del organismo se regirá por los mecanismos previstos en el Decreto N° 1023/2001, el cual fue reglamentado por el Decreto N° 1030/2016 mediante el cual se aprobó el "Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional".

Que en uso de sus facultades, y en el marco de lo establecido en su Ley de creación, ACUMAR dictó la Resolución Presidencia ACUMAR Nº 402/2017, mediante la cual aprobó como ANEXO I el Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de ACUMAR.

Que asimismo, en el marco de la modernización del Estado, y con el objetivo de lograr el desarrollo de procedimientos de contratación más eficientes, eficaces y transparentes, se implementaron en ACUMAR las contrataciones públicas electrónicas mediante el sistema COMPR.AR aprobado por la Disposición N° 65 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE COMPRAS, con las adecuaciones necesarias a fin de aplicarlo a los procedimientos regulados en el organismo.

Que en ese estado de cosas, se advirtieron disposiciones del Reglamento aprobado mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 402/2017, que requieren ser modificadas a fin de adecuar los procedimientos regulados en los incisos b) y d) del artículo 50 y en el artículo 75, a la normativa nacional y al sistema COMPR.AR, manteniendo de esta forma la integridad del plexo normativo vigente y permitiendo su operatividad.

Que asimismo, en el ámbito nacional, se aprobó la Ley N°...

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