Resolución 147.

Fecha de disposición20 Marzo 2018
Fecha de publicación20 Marzo 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 147/2018

Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2018

VISTO el Expediente EX-2018-06948507--APN-CME#MP, la Ley Nº 19.511, los Decretos Nros. 960 de fecha 24 de noviembre de 2017 y 27 de fecha 10 de enero de 2018, las Resoluciones Nros. 91 de fecha 11 de septiembre de 2012, 143 de fecha 22 de noviembre de 2012 y 117 de fecha 30 de octubre de 2013, todas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y 177 de fecha 14 de marzo de 2017 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución Nº 91 de fecha 11 de setiembre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se estableció el Reglamento Metrológico y Técnico para los Medidores de Agua Potable Fría.

Que mediante la Resolución Nº 143 de fecha 22 de noviembre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se efectuaron ajustes a la resolución citada en el considerando precedente.

Que, por medio de la Resolución Nº 117 de fecha 30 de octubre de 2013 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se prorrogó hasta el día 31 de diciembre de 2015 la obligación del cumplimiento de distintos Reglamentos Técnicos y Metrológicos, entre los cuales se encontraba el establecido mediante la Resolución Nº 91/12 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, en virtud del informe de situación que oportunamente efectuó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a través del Expediente N° S01:0329467/2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FIANNZAS PÚBLICAS, mediante la Resolución N° 177 de fecha 14 de marzo de 2017 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se prorrogó la obligación de cumplir con el aludido reglamento hasta el día 31 de diciembre de 2017...

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