Resolución 1464/2021

Fecha de publicación13 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-63483633- -APN-DGD#MC, el Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Resolución Nº 985 de fecha 3 de agosto de 2021 ambas del MINISTERIO DE CULTURA, las Resoluciones Nº 25 de fecha 3 de septiembre de 2021 y Nº 26 de fecha 22 de septiembre de 2021 ambas de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 260/20 y sus modificatorias, se dispuso ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley Nº 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).

Que el Decreto N° 241/21 se introdujeron una serie de modificaciones a lo dispuesto en el Decreto N° 235/21, implementando nuevas medidas tendientes a disminuir la circulación de personas y por lo tanto, la circulación del virus.

Que desde esa fecha el MINISTERIO DE CULTURA ha implementado diversos programas y ayudas con el fin de morigerar el impacto económico producido por la suspensión de actividades, para los sectores críticos de las industrias culturales, siendo las más afectadas las artes escénicas.

Que en atención a la apertura de actividades culturales, resulta trascendental acompañar la actividad productiva de los sectores culturales, y ayudar al desarrollo de espectáculos de música en vivo, teatro, circo y danza.

Que dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL se encuentra el de promover e incentivar el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura y la generación de empleo.

Que atento lo expuesto, resulta necesario desarrollar una política que acompañe a los y las artistas, bandas, compañías y/o productores en la planificación y desarrollo de espectáculos artísticos en vivo durante los meses de noviembre de 2021 y abril de 2022.

Que, por esa razón, el MINISTERIO DE CULTURA dispuso por Resolución M.C. Nº 985/21 (RESOL-2021-985-APN-MC) la creación del PROGRAMA IMPULSAR II, destinado a personas humanas y jurídicas representantes de elencos, bandas, compañías y/o productores para fomentar la producción de espectáculos escénicos a realizarse entre los meses de noviembre de 2021 y abril de 2022, en espacios, salas o predios con aforo de más de TRESCIENTAS (300) localidades del territorio nacional.

Que por resolución citada se aprobó el Reglamento de Bases y Condiciones y las Declaraciones Juradas que, como ANEXO I (IF-2021-69958927-APN-DNICUL#MC) y ANEXO II (IF-2021-64008965-APN-DNICUL#MC), respectivamente...

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