Resolución 146/2019

Fecha de publicación25 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
VISTO el Expediente Nº EX-2019-07204602- -APN-DGD#MPYT, la Ley Nº 27.442, el Decretos N° 480 de fecha 23 de mayo de 2018 y su modificatorio y la Resolución Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución N° 84 de fecha 26 de marzo de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27.442 creó la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y estableció que en su ámbito funcionarán el TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, la SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS y la SECRETARÍA DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.

Que, por su parte, el Artículo 20 de la mencionada ley preceptúa que los miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, serán designados por el Poder Ejecutivo Nacional previo concurso público de antecedentes y oposición, estableciendo que dicho concurso público será ante un jurado integrado por el Procurador del Tesoro de la Nación, el Ministro de Producción de la Nación, un representante de la Academia Nacional del Derecho y un representante de la Asociación Argentina de Economía política.

Que, a su vez, dicho cuerpo normativo establece que son miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA: el Presidente y los vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia; el Secretario Instructor de Conductas Anticompetitivas, quien será el titular de la SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN DE CONDUCTAS y, el Secretario de Concentraciones Económicas, quien será el titular de la SECRETARÍA DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.

Que posteriormente, por la Resolución Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Reglamento de Selección del Concurso de cargos de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA que como Anexo la integra.

Que, asimismo, el Artículo 20 del Anexo a la citada Resolución Conjunta, estableció que las Bases del Concurso deberán contener el perfil descripto del cargo a cubrir y función concursada, el detalle de todas las exigencias establecidas para la valoración de la idoneidad...

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