Resolución 144.

EmisorInstituto Nacional de la Propiedad Industrial
Fecha de la disposición13 de Junio de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 144/2018

Buenos Aires, 07/06/2018

VISTO el Expte Nº A253-85235/18 del registro del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27, de fecha 10 de enero de 2018, las Resoluciones INPI Nº P-026 de fecha 2 de febrero de 2018 y Nº P-101 de fecha 11 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16º de la Ley de Marcas y Designaciones, Nº 22.362, modificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, establece que la Dirección Nacional de Marcas resolverá en instancia administrativa las oposiciones que aún permanezcan vigentes.

Que el artículo 1º de la Resolución INPI Nº P-026/18 complementó a la Resolución INPI Nº P-001/18, aplicando el principio receptado en su artículo 3º a los vencimientos de las vistas de oposiciones que operen entre el 12 de Enero y el 12 de Abril del 2018, determinando además que las demandas establecidas en el sustituido artículo 16º, inciso a) de la Ley N° 22.362, continuaban siendo receptadas por este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y remitidas a sede judicial del modo y con las formalidades previstas, a los efectos que pudiere corresponder, salvo que no se interpusiere demanda o se optase por la instancia administrativa, en cuyo caso la/s Oposición/es vigentes serán resueltas conforme el proceso que oportunamente se reglamente.

Que por su parte, la Resolución INPI Nº P-101/18 extendió la suspensión de la vigencia del artículo 16º de la Ley de Marcas y Designaciones, por el plazo de dos (2) meses contados a partir del 12 de abril de 2018, a las vistas de oposiciones que hubiesen sido notificadas con fecha anterior a la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, y cuyos vencimientos operasen con posterioridad al 12 de abril de 2018, o hasta tanto se efectivice la reglamentación y articulación con los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios, aplicándose respecto de éstas la metodología establecida el artículo 1º de la Resolución INPI Nº P-026/18.

Que sin perjuicio que la reglamentación, aún se encuentra pendiente, la articulación e integración de los sistemas operativos, informáticos y de arancelamiento de servicios para la puesta en marcha del sistema creado por el nuevo artículo 16º de la ley marcaria, implementación ésta, que a la fecha no ha concluido.

Que en razón de todo lo antedicho, resulta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR