Resolución 1437/2020

Fecha de publicación06 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 31/12/2020

VISTO, el Expediente identificado como EX-2020-91370036-APN-DAJ#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a cooperativas y mutuales, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, Decreto Nros. 420/96 y 721/00, sus modificatorios y complementarios.

Que entre sus misiones y funciones, se encuentra la de promover a las citadas entidades en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce su control público y favorece su desarrollo.

Que el desarrollo –en especial cuando se lo pretende sostenible- es un proceso complejo que incluye los aspectos económicos, sociales y ambientales de las entidades en relación con sus asociados, trabajadores y los grupos de interés que pueden afectar significativamente a las entidades cooperativas y mutuales, o verse afectados por ellas.

Que con esa lógica, desde principios de siglo se han desarrollado normas de gestión y reporte de gestiones orientadas a la sostenibilidad, de alcance global –GRI, Pacto Global, ISO, OCDE, SASB, etc.- que se han integrado estratégicamente e impuesto como normas exigidas por algunos estados y cadenas de valor.

Que, los principios y valores cooperativos y mutuales imponen requisitos básicos de su funcionamiento, de los que han surgido los antecedentes referidos al Balance Social Cooperativo (BSC) y Reporte Social Mutual (RSM).

Que, por tanto, el INAES, también requiere de información apta para a través de un conjunto mínimo y común de indicadores pueda dar cuenta de la actividad del sector y: 1. Relacionarse con las entidades, sus Federaciones y Confederaciones; 2. Elaborar planes y programas, su control, evaluación y seguimiento en esos aspectos; 3. Vincularse con otras agencias del Estado Nacional, Provincial y Municipal, en las que se planeen y ejecuten programas en las que Cooperativas y Mutuales puedan tener participación; 4. Informar, colaborar, cooperar e integrarse a otros sistemas institucionales de la sociedad civil que promueven el desarrollo humano, de conocimiento, económico, social y ambiental del país y sus ciudadanos en un ámbito solidario; 5. Comparar el aporte de las entidades de la Economía Social y Solidaria (ESS) con el resto del sistema económico-social, tanto en el ámbito micro como macroeconómico.

Que para ello, el INAES por Resolución N° 627/2020, ha constituido la Comisión Técnica Asesora de...

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