Resolución 1435/2020

Fecha de publicación06 Enero 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 31/12/2020

VISTO, el Expediente identificado como EX-2020-91368581-APN-DAJ#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a las mutuales y cooperativas, de conformidad con lo establecido en las Leyes N° 19.331, 20.321, 20.337 y en los Decretos N° 420/96, 721/00, sus modificatorios y complementarios.

Que en ejercicio de esas facultades reconoce y autoriza a funcionar a las cooperativas y mutuales otorgando su personería jurídica e inscripción en los registros nacionales, tal como lo prescriben los artículos 106 de la Ley N° 20.337, 3° de la Ley N° 20.321 y los Decretos N° 420/96 y 721/00, sus normas complementarias y modificatorias.

Que con tal motivo y en el marco de la colaboración que debe existir entre los distintos organismos que integran la administración pública nacional, se dictó la Resolución General Conjunta N° 4860/2020 entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

Que la citada resolución tiene como objeto establecer el procedimiento que debe observarse en el marco de la inscripción de cooperativas y mutuales, respecto de la solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria ( CUIT ), mediante la interacción de ambos organismos en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que ese procedimiento requiere de determinada documentación e información adicional a la que actualmente se solicita, de acuerdo a la normativa vigente en materia de solicitud de otorgamiento de personería jurídica.

Que existen entidades que han recibido su matrícula por parte de INAES pero que aún no han tramitado su registración en AFIP y obtenido su CUIT, u otras que han presentado los trámites de inscripción de entidad, sean cooperativas o mutuales y no han utilizado los nuevos modelos de Acta Nº 1 del Consejo de Administración puestos a disposición en la web de INAES desde el 27/11/2020 que ya incluyen los datos necesarios para generación de la CUIT.

Que en consecuencia, corresponde el dictado de una norma que las complemente a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en la mencionada resolución general conjunta.

Que se ha habilitado la plataforma de Trámites a Distancia ( TAD ) para la presentación de diversa documentación y seguimiento de trámites que se efectúan ante este INSTITUTO.

Que ello facilita y agiliza las actuaciones administrativas a través de procedimientos directos y...

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