Resolución 1433/2014

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DELÂ INTERIOR YÂ TRANSPORTE

SECRETARIA DEÂ TRANSPORTE

Resolución 1433/2014Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:132644/2014 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 494 de fecha 10 de abril de 2012 se aprobó el Convenio Marco celebrado entre el MINISTERIO DE INDUSTRIA, la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, actualmente dependiente de este Ministerio y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de fecha 29 de marzo de 2012, para la ampliación y renovación de la flota del transporte automotor de cargas.

Que asimismo por la citada norma, se aprobó el PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA LA AMPLIACION Y RENOVACION DE FLOTA (en adelante el “PROGRAMA”), con la finalidad de instrumentar una serie de medidas orientadas a proporcionar ayuda financiera a las personas fÃsicas, jurÃdicas y a los fabricantes nacionales de vehÃculos de carga y complementos, promoviendo la ampliación y renovación del parque automotor de transporte de cargas.

Que por su parte el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del ArtÃculo 3° del Decreto N° 494/2012, designó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA”, facultándola a practicar las modificaciones que considere pertinentes, a dictar la normativa reglamentaria y a suscribir los convenios que resulten necesarios para su implementación.

Que por la Resolución N° 557 de fecha 23 de junio de 2014 se aprobó la propuesta efectuada por el CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO mediante Acta suscripta en junio de 2014 que como Anexo I forma parte de dicha resolución, la que contempla la incorporación transitoria al universo de bienes alcanzados de los vehÃculos automotores terrestres categorÃa M1 y N1, definidos en el ArtÃculo 28 del Anexo I al Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995, de origen Mercosur, por un plazo de TRES (3) meses.

Que por otra parte, y dado el éxito alcanzado en la primera etapa del âPROGRAMAâ que se implementó para los vehÃculos automotores categorÃa M1 y N1, definidos en el artÃculo 28, CapÃtulo I, TÃtulo V del Anexo I del Decreto N° 779/95, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1716 de fecha 20 de octubre de 2008, de origen del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), el artÃculo 2° de la Resolución N° 1180 de fecha 14 de octubre de 2014 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de...

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