Resolución 142.

Fecha de disposición22 Febrero 2016
Fecha de publicación22 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 142/2016

Bs. As., 12/02/2016

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el día 18 de junio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa Nro. 27.149, que dispuso cambios en el esquema institucional y de funcionamiento.

A su vez, por medio de la Resolución DGN Nro. 1146/15, se modificó el "Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación Anexo I", en adelante "Reglamento de Concursos", a fin de ser compatible con las nuevas disposiciones emanadas de aquella normativa y, posteriormente, mediante Resolución DGN Nro. 1870/15 se introdujeron reformas a fin de brindar una mejor eficacia a la tramitación de los concursos.

Que, no obstante ello, y en virtud de la experiencia recogida desde la entrada en vigencia del actual Reglamento de Concursos, surge la necesidad de efectuar modificaciones --especialmente en lo atinente a los plazos-- a fin de evitar la superposición de ellos y de las diferentes etapas de los concursos, tanto de aquellos que se encuentran en trámite y han sido convocados conforme la Resolución DGN Nro. 1146/15 y modificatoria, como de aquellos aún pendientes de convocatoria.

Lo expuesto, con el propósito de favorecer a los postulantes permitiéndoles una mejor preparación para las diversas oposiciones, y la posibilidad de participar en una mayor cantidad de concursos, incidiendo positivamente en la conformación de las ternas que eventualmente serán elevadas al Poder Ejecutivo Nacional.

Asimismo, los plazos que han de ser objeto de modificación mediante la presente han resultado ser --en la práctica--demasiado exiguos para coordinarlos con los compromisos laborales de los/as Sres./as Magistrados/as que participan como Jurados.

Por último, se introducen cambios menores con la intención de brindar mayor claridad a algunos aspectos del procedimiento.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley N° 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;

RESUELVO:

  1. MODIFICAR los artículos 7 inc. d), apartados i e ii; 9, 10 --1°, 2° y 4° párrafos--, 21, 25, 26, 30 --2° párrafo--, 35 --8°, 9° y 10° párrafos--, 36 --1°, 2° y 5° párrafos--, 49 --1°, 3° y 4° párrafos-- y 55; del "Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación", aprobado por Resolución DGN Nro. 1146/15 y modificatoria, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

Art. 7

inc. d), apartados i e ii: "d) Cuando el número de inscriptos/as sea insuficiente para conformar una terna, se procederá a:

i. reiterar tantos llamados como sean necesarios para alcanzar dicha cantidad dentro de los sesenta (60) días siguientes a la finalización del período de inscripción; o

ii. en aquellos concursos en los cuales se convoque para la cobertura de dos o más vacantes, desacumular las vacantes correspondientes --también dentro de los sesenta (60) días de la...

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