Resolución 1400/2022

Fecha de publicación13 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2022

VISTO el EX-2022-36122041-APN-SDYME#ENACOM, el IF-2022-65587903-APN-DNSA#ENACOM, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que el Expediente citado en el VISTO guarda relación con la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora comprensiva de un servicio por modulación de amplitud identificado con la señal distintiva LT27, frecuencia 1580 KHz., Categoría VII, y de un servicio por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRM769, frecuencia 88.7 MHz., Categoría E, en la localidad de VILLAGUAY, provincia de ENTRE RÍOS.

Que a través del dictado de la Resolución RESOL-2021-2078-APN-ENACOM#JGM, se aprobó el Pliego De Bases y Condiciones Generales y Particulares, identificado como Anexo IF-2021-111514530-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que rigió el procedimiento de selección del licenciatario de los servicios en cuestión.

Que asimismo, se convocó a concurso público a personas humanas, personas jurídicas con fines de lucro, en formación o regularmente constituidas, y personas jurídicas sin fines de lucro regularmente constituidas, para la adjudicación de la licencia y sus parámetros técnicos, y dentro del plazo consignado en el Anexo identificado como IF-2021-111520087-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, integra la presente.

Que el Artículo 3° del Pliego De Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por la Resolución RESOL-2021-2078-APN-ENACOM#JGM establece que “Las propuestas que sean realizadas en el marco del presente reglamento, deberán ser efectuadas, exclusivamente a través de la plataforma electrónica de TRÁMITE A DISTANCIA (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica, en el marco del trámite “PRESENTACIÓN OFERTAS LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO AM”.

Que el día 3 de febrero de 2022, se verificaron problemas técnicos en el trámite en cuestión.

Que en efecto, han sido recepcionadas DOS (2) presentaciones a través de vías alternativas a la estipulada por el referido Pliego de Bases y Condiciones...

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