Resolución 140/2019

Fecha de publicación24 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
VISTO el Expediente EX-2018-41825446- -APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Convenio Marco de Cooperación entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO de fecha 20 de marzo de 2017, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que a través de las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la presentación efectuada por la COMUNA DE VILLA TRINIDAD, de la Provincia de SANTA FE, tendiente a obtener el permiso de uso precario y gratuito a su favor de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la esquina de la calle Rivadavia y calle de tierra, parte del Cuadro de Estación VILLA TRINIDAD, de la Localidad homónima, Departamento SAN CRISTÓBAL, de la Provincia de SANTA FE, identificado catastralmente como Departamento 07 - Distrito 14 - Polígono 01- Sección 01 - Manzana 0141 – Parcela 00002 (PARTE), vinculado al CIE N° 8200011687/14, y que cuenta con una superficie de SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON VEINTIDÓS DECÍMETROS CUADRADOS (7.863,22 m2), según se detalla en el croquis que como PLANO-2018-65324948-APN-DNRBI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud mencionada tiene por objeto destinar el inmueble al Hogar de Ancianos denominado “Villa Luz”.

Que el inmueble solicitado se halla en jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE- ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme surge de los informes técnicos practicados por esta Agencia.

Que en función de las características de la obra, la citada COMUNA manifestó su voluntad de comprar el inmueble objeto de las presentes actuaciones a fin de consolidar a su nombre el dominio del mismo.

Que en virtud de lo expuesto ha requerido mientras se instan los trámites de compra se le otorgue el presente permiso de uso.

Que conforme surge de la constatación practicada en el ámbito de esta AGENCIA, el inmueble corresponde a un sector del cuadro de estación, el cual se encuentra sin uso, ocupado por una construcción en un muy buen estado de mantenimiento y conservación.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, modificado por la Ley N° 27.431, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO...

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