Resolución 14/2015

Fecha de disposición21 Julio 2015
Fecha de publicación24 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33178



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 14/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. División Aduana de General Pico.

Bs. As., 21/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 16084-3-2013 del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la División Aduana de General Pico solicita la prórroga de la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución N° 14/14 (DGA) a la Zona Operativa Aduanera General Pico. La misma se asienta en un predio de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON OCHENTA Y UN (3.751,81) metros cuadrados de superficie, cedido en comodato mediante Contrato N° 02/12 (AFIP), que se identifica catastralmente como Ejido 021, Circunscripción II, Radio b, Quinta 005, Parcela 51, Partida N° 763.932, ubicado en el Lote 12, Fracción C, Sección I de la localidad de General Pico, Departamento Maracó de la Provincia de La Pampa.

Que el requerimiento formulado tiene su fundamento en la necesidad de contar en el ámbito de la mencionada Aduana, con un lugar operativo apto para realizar las tareas de fiscalización y control propias del servicio aduanero, criterio que es compartido por la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no se han cumplido la totalidad de los requerimientos necesarios para su habilitación como zona primaria aduanera.

Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de General Pico, la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada con carácter provisorio y por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el vencimiento del plazo establecido por la Resolución N° 14/14 (DGA).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN...

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