Resolución 1398.

Fecha de disposición06 Enero 2017
Fecha de publicación06 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1398/2016

Buenos Aires, 22/12/2016

VISTO el Expediente S02:0134399/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 23 de fecha 23 de julio del 2003 de la ex SECRETARIA DE TRANSPORTE, se encomendó a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE, la realización del cálculo de los cupos de Gas Oil a precio diferencial, controles de la información presentada por las jurisdicciones y visitas muestrales de control "in situ" a los operadores beneficiarios del sistema.

Que la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO AUTOMOTOR incorporó oportunamente a su Manual de Procedimientos las tareas referentes a las auditorias de campo de las empresas beneficiarias del subsidio.

Que en virtud del Informe N° 641/11, aprobado por la Resolución N° 5/14 de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN, dicho órgano de control ha observado el sistema de elección por muestreo realizado por este Organismo, motivo por el cual recomendó mejorar el método para la selección de las empresas a ser auditadas anualmente.

Que en virtud de lo antes expuesto, la Dirección del organismo encomendó a la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO AUTOMOTOR, la realización de un plan de auditorías programadas.

Que, atento a dicha directiva la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO AUTOMOTOR, con el asesoramiento de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, diseño una planificación anual para los ejercicios 2014, 2015 y 2016, donde la selección de la muestra se basaba en parámetros objetivos y preestablecidos.

Que, en consecuencia resultó pertinente aprobar la planificación de las auditorías sobre los prestadores beneficiarios del \u2018\u2018Cupo de Gas Oil a Precio Diferencial" para los ejercicios 2014, 2015 y 2016, los que fueron plasmados a través de las Resoluciones N° 757 de fecha 20 de mayo de 2014, N° 1951 de fecha 26 de noviembre de 2014 y N° 1074 de fecha 17 de noviembre de 2015, todas de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE.

Que en el último año aumentó la incorporación de muchas empresas de las Jurisdicciones Municipales y Provinciales al SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.), a lo cual se adicionaron otros operadores que poseen sistemas de percepción de tarifas a través de tarjetas o boletos electrónicos, los cuales fueron encuadrados en el marco de lo prescripto por la Resolución N° 890 de fecha 19 de Agosto de 2016 de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.

Que...

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