Resolución 1393.

Fecha de disposición18 Enero 2016
Fecha de publicación18 Enero 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 1393/2015

Bs. As., 18/09/2015

VISTO el Expediente N° 1.660.687/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D. y C.) por el sector sindical y la ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.673.011/15 agregado como fojas 11 al Expediente N° 1.660.687/15 y ha sido debidamente ratificado a fojas 33 de dichos obrados y a fojas 12 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que mediante Disposición Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 456, de fecha 20 de agosto de 2015, cuya copia fiel consta a fojas 23/25 del sub examine se declaró formalmente constituida, entre las partes citadas, la Comisión Negociadora para la negociación pauta salarial 2015.

Que mediante el acuerdo las partes establecen un incremento salarial, en los términos y conforme los lineamientos allí estipulados, conformándose la nueva escala salarial del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1158/10.

Que en ese sentido cabe señalar que el mentado cuerpo convencional ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado mediante Resolución Secretaria de Trabajo N° 1426, de fecha 23 de septiembre de 2010.

Que con relación al ámbito personal y territorial del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1158/10.

Que en definitiva dicho ámbito se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que en cuanto a su ámbito temporal se fija su vigencia desde el día 1 de marzo de 2015, de conformidad con lo establecido en el mismo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245° de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado...

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