Resolución 139/2020

Fecha de publicación03 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA


Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-27555113-APN-DCYC#MDS, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio, las Decisiones Administrativas N° 409 del 18 de marzo de 2020 y N° 472 del 7 de abril de 2020 y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.

Que por su artículo 15 ter se estableció que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156 estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 409/20, reglamentada por la Disposición ONC N° 48/20 y sus modificatorias, se dispuso en su artículo 1°, que los principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de los procedimientos de selección bajo el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia, que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco del Decreto N° 260/20, serán los enumerados en el artículo 3° del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01, mientras que, por el artículo 2° se limitó la utilización del procedimiento regulado por dicha norma a las contrataciones de bienes y servicios requeridos en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/20, y por su artículo 3° se aprobó el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en el marco de la emergencia plasmada en el citado Decreto N° 260/20.

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 12/20 que tiene por objeto la adquisición de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL (1.700.000) kilogramos de harina de trigo tipo 000 en paquetes de UN (1) kilogramo cada uno, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL.

Que la mencionada Secretaría fundamenta dicho requerimiento en la necesidad de atender a la población en situación de vulnerabilidad ante la Emergencia Alimentaria Nacional dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 108/02, prorrogada por la Ley Nº 27.519 hasta el 31 de diciembre de 2022, y la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, ampliada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, su modificatorio y complementarias, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir del 13 de marzo de 2020.

Que la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL señala que de los planes nacionales articuladores de la política social en el país, el de Seguridad Alimentaria da cumplimiento a la Ley Nº 25.724 y su Decreto...

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