Resolución 139/2019

Fecha de publicación02 Octubre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-74720718- -APN-DGD#MTR, la Ley N° 25.031, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006, los Decretos Nros. 976 de fecha 31 de julio de 2001, 652 de fecha 19 de abril de 2002, 449 de fecha 18 de marzo de 2008, 1.122 de fecha 29 de diciembre de 2017, las Resoluciones Nros. 168 de fecha 7 de diciembre de 1995, 23 de fecha 23 de julio de 2003, 337 de fecha 21 de mayo de 2004, 1° de fecha 9 de enero de 2012 y 653 de fecha 1° de noviembre de 2012 todas de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, la Resolución N° 66 de fecha 8 de mayo de 2019 de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, las Resoluciones Generales Nros. 4.477 de fecha 3 de mayo de 2019 y 4.557 de fecha 20 de agosto de 2019 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 652/2002 se estableció el Régimen de Compensaciones Tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas, denominado SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU).

Que a través de los artículos 1° y 6° del Decreto N° 678/2006 se estableció el Régimen de Compensaciones Complementarias (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por la empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano que prestan servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031, y en las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168/1995 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, que fueron modificadas en último término por la Resolución N° 66/2019 de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.

Que por su parte, el Decreto N° 1.122/2017 tuvo por consolidados los objetivos tenidos oportunamente en consideración para el dictado del Decreto N° 678/2006, modificando a través de su artículo 1°, el artículo 4° del Decreto N° 449/2008, a los fines de dar estabilidad a la distribución de los recursos del Fideicomiso creado por el artículo 12 del Decreto N° 976/2001 y asegurar el correcto financiamiento del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), facultando al Ministro de Transporte a destinar los recursos del Presupuesto General que se transfieran al Fideicomiso, con el objeto de afrontar de manera complementaria o integral las obligaciones que se generen en el marco del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE...

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