Resolucion 1374
Fecha de publicación | 22 Enero 2008 |
Fecha de disposición | 22 Enero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31328 |
Grado Función Básico Mínimo 0 Ingreso $ 88
1 TécnicoalInicio $ 145
2 TécnicoJunior $ 145
3 TécnicodeLínea $ 145
4 TécnicoEspecializado $ 145
Los importes mensuales de Tickets Canasta incluyen el Beneficio Social por regalo de Reyes ($ 25, pesos veinte cinco).
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de septiembre de 2007, siendo las 121.00 horas, comparecen en forma espontánea en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, --DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO--, ante mí, Dr. Raúl O. FERNANDEZ, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, por una parte, el Sr. Juan MARTINI, Ricardo ZARO y Salvador BASILE, en representación del SINDICATO OBRERO DEL TRABAJO, juntamente con los Sres.
Juan Carlos CEJAS, Delegado General, y Martín BERNHARDT, Sub Delegado General, por una parte y por la otra parte, el Sr. Claudio Berenguer, en representación de la firma 'NOBLEZA PICCARDO S.A.I.C. y F.' Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, las partes expresan que comparecen en forma espontánea ante esta DIRECCION a fin de requerir la homologación del acuerdo al que han arribado y que a continuación se detalla:
ACUERDO ENTRE EL SINDICATO OBRERO DEL TABACO (SOT) Y NOBLEZA PICCARDO S.A.I.C.
Y F. (NOBLEZA) I. OBJETO Reglamentar las condiciones de remuneración para el personal dependiente de la compañía, comprendido en el convenio colectivo de trabajo 309/99.
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PLAZO DE VIGENCIA El presente Acuerdo tendrá vigencia desde el 01/08/2007 hasta el día 31 de marzo de 2008, inclusive.
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CONDICIONES 3.1 Remuneración 3.1.1 Remuneración del personal comprendido bajo el Convenio Nº 309/99 para el año 2007.
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Se otorgará un aumento del 4% (cuatro por ciento) para el personal que se encuentre comprendido bajo el Convenio 309/99, retroactivo al mes de agosto de 2007, a ser cobrado el último día hábil del mes de octubre.
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Se otorgará un aumento del 5% (cinco por ciento) para el personal que se encuentre comprendido bajo el Convenio 309/99, para el mes de octubre, a ser cobrado el último día hábil del mismo, cerrando el año 2007.
3.1.2 Remuneración del personal comprendido bajo el Convenio Nº 309/99 para el año 2008.
Se otorgará un aumento del 5% (cinco por ciento) para el personal que se encuentre comprendido bajo el Convenio 309/99, a partir del mes de enero de 2008, a ser cobrado el último día hábil del mismo mes.
En el mes de marzo de 2008 las partes se comprometen a iniciar conversaciones tendientes a considerar las pautas de aumento salarial para cerrar el año 2008.
El presente acuerdo absorberá hasta su concurrencia cualquier suma...
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