Resolución 1372/2022

Fecha de publicación14 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2020-03435457-APN-DLEIAER#ANMAT, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.630 de prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, impone a quienes elaboran productos alimenticios la obligación de utilizar harina adicionada con hierro, ácido fólico, tiamina, riboflavina y niacina.

Que el Decreto Nº 597/03, reglamentario de la Ley Nº 25.630, prevé el otorgamiento de excepciones a quienes demuestren resultados negativos mediante exámenes de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud.

Que la firma MOLINOS RIO DE LA PLATA SA, RNE Nº 02-031918, solicitó la excepción para que el producto: “Tapas para Empanadas – nombre de fantasía FREIR - marca FAVORITA – RNPA N°: en trámite según expediente Nº 2019-35660589” pueda ser elaborado con harina sin enriquecer de acuerdo a la Ley Nº 25.630 y su Decreto Reglamentario Nº 597/03.

Que la Comisión de Asesoramiento, creada por el artículo 2º del Decreto Nº 597/2003, reglamentario de la Ley Nº 25.630, ha merituado los argumentos expuestos por el recurrente y ha emitido el informe de su competencia, informando que sugiere hacer lugar a la solicitud teniendo en cuenta que ya ha evaluado ensayos de factibilidad de este tipo de productos, presentados por empresas de producción masiva, así como también antecedentes bibliográficos a pesar de que la citada firma no ha presentado los resultados de los ensayos de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud para el producto cuya excepción solicita.

Que posteriormente la firma interesada realizó la presentación de un informe técnico con los ensayos de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud para el producto en cuestión, cuyo resultado demuestra que las propiedades sensoriales del alimento se ven afectadas cuando se incluye el núcleo vitamínico mineral requerido por la Ley N° 25.630.

Que en consecuencia, el Departamento de Autorización y Comercio Exterior de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) intervino en el ámbito de su competencia, expresando que la solicitud de excepción presentada por la firma Molinos Río de La Plata S.A. es viable, y que se debe acceder a dicha petición.

Que la Ley N° 25.630 en su artículo 2º establece que el MINISTERIO DE SALUD, a...

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