Resolución 1363/2020
Fecha de publicación | 05 Octubre 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE CULTURA |
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-58651260- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), el Decreto N° 335 de fecha 4 abril del 2020, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus sucesivas prórrogas, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se ordena la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.
Que en atención a lo establecido en el artículo 18 de la citada norma, se encuentran suspendidos o severamente restringidos, los eventos y actividades culturales que habitualmente se desarrollan, poniendo en riesgo la subsistencia del sector artesanal.
Que frente a la restricción o cese total de las actividades que generan recursos genuinos, dicho sector enfrenta riesgo de quebranto o cierre, o situaciones económicas de muy difícil recuperación.
Que para la subsistencia de los artesanos y las artesanas en todo el territorio nacional, resulta de vital importancia democratizar el acceso por parte de todos los habitantes de la Nación a los bienes y servicios culturales, y posee suma trascendencia para la federalización y descentralización de su circulación.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) se encuentra el de “(...) Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural. (...)” y “(...) Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil. (...)”.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus objetivos, conforme el artículo 19 del Decreto N° 335/2020, los de “Entender en la propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer el Desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA (...) Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura, tendientes a impulsar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba