Resolución 1350.

Fecha de disposición22 Enero 2016
Fecha de publicación22 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 1350/2015

Bs. As., 15/12/2015

VISTO el Expediente N° 334/09 del registro del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de MONTE CASEROS, provincia de CORRIENTES.

Que el artículo 21 de la Ley N° 26.522 define a los prestadores de gestión estatal de los servicios de comunicación audiovisual, correspondiendo tal carácter, en el caso, a las personas de derecho público estatal y no estatal (cfr. inciso a) de la citada norma).

Que el artículo 37 de la Ley N° 26.522 establece que el otorgamiento de autorizaciones para la IGLESIA CATÓLICA se realiza a demanda y de manera directa, de acuerdo con la disponibilidad de espectro.

Que se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 37 del Decreto N° 1225/10.

Que, en efecto, la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS REGULATORIOS ha evaluado que la propuesta comunicacional responde a los fines de la IGLESIA CATÓLICA; por su parte, y en términos de sustentabilidad de los medios, los mismos se sostendrán con fondos propios de aquélla.

Que la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES ha realizado las asignaciones de parámetros técnicos correspondientes, en el canal 228 (frecuencia 93.5 MHz.), categoría F, y señal distintiva LRR861.

Que, por los particulares términos en que han sido formuladas la petición de que se trata, corresponde dejar establecido que en el ámbito de su dinámica institucional, la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA determinará la/s organización/es que implementarán los proyectos comunicacionales respectivos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 8) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL

DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Autorízase a la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR