Resolución 135.
Emisor | Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores |
Fecha de la disposición | 16 de Mayo de 2018 |
REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
Resolución 135/2018
Buenos Aires, 14/05/2018
VISTO:
La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01, el Estatuto Constitutivo del RENATRE, la Resolución RENATRE N° 64 de fecha 19 de febrero de 2018, el Acta de Directorio N° 36 de fecha 22 de marzo de 2018, el expediente RENATRE N° 15483/17 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES --RENATRE-- como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de la entidades empresarias y sindicales de la actividad.
Que mediante Resolución RENATRE N° 03/2018 (B.O. 16/01/2018) se designó al Sr. Abel Francisco Guerrieri (DNI N° 10.668.726) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE).
Que en tal marco, en fecha 19 de febrero de 2018 se dictó la Resolución RENATRE N° 64/18 mediante la cual se aprobó la nueva Libreta del Trabajador Rural del RENATRE en formato de credencial conforme lo instituido en los Arts. 1 y 3 de la Ley 25.191, como así también el Nomenclador Único de Actividades Rurales \u2013Empleadores- y el Nomenclador Único de Ocupaciones Rurales \u2013Trabajadores-.
Que el articulo N° 6 de la Resolución RENATRE N° 64/18 faculta a la Gerencia de Seguro Social Rural y a la Subgerencia de Libreta de Trabajo Rural del RENATRE, para dictar todas aquellas disposiciones complementarias, modificatorias y/o aclaratorias que se estimen pertinentes a los fines de hacer efectiva la aplicación de la mentada Resolución.
Que en relación a ello, el Cuerpo Directivo en reunión ordinaria de fecha 22 de Marzo de 2018, Acta N° 36/18, ha resuelto aprobar la incorporación de determinadas ocupaciones del sector rural, al Anexo IV de la Resolución RENATRE N° 64/18, considerando que el Nomenclador Único de Ocupaciones resulta una herramienta esencial en el cumplimiento de la misión del RENATRE como Subsistema de la Seguridad Social, y que por lo tanto, requiere de continua actualización a fin de resultar un instrumento de gestión eficaz para el cumplimiento a las funciones asignadas por la Ley N° 25.191.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley N° 25.191.
Que la Gerencia de Seguro Social Rural, la Gerencia Administrativa, técnica y jurídica, la Subgerencia de Asuntos Jurídicos, la Subgerencia de Libreta de Trabajo y la Subgerencia de Recaudación y Control Contributivo del Registro han tomado la intervención que les compete.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)
RESUELVE:
ANEXO IV
NOMENCLADOR UNICO DE OCUPACIONES RURALES \u2013TRABAJADOR-
Ocupación general | Detalle | Código |
ABONADOR / FERTILIZADOR EN EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA | - | 1.0 |
ADMINISTRADOR | - | 2.0 |
ALAMBRADOR | - | 3.0 |
APICULTOR | - | 4.0 |
ARADOR | - | 5.0 |
ARMADOR DE PARRALES / PARRALERO | - | 6.0 |
ARRIERO / PASTOR / TROPERO / OVEJERO / VAQUERO | - | 7.0 |
AUXILIAR | CABAÑERO | 8 |
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