Resolución 135/2020

Fecha de publicación06 Febrero 2020
SecciónResoluciones
EmisorSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-107602827- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto-Ley Nº 6.704 del 12 de agosto de 1963, el Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 38 del 3 de febrero de 2012 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2017-864-APN-PRES#SENASA del 29 de diciembre de 2017, RESOL-2019-1033-APN-PRES#SENASA del 16 de agosto de 2019 y RESOL-2019-1668-APN-PRES#SENASA del 9 de diciembre de 2019, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; las Disposiciones Nros. 2 (Bis) del 15 de junio de 1964 y 5 del 21 de junio de 1966, ambas de la entonces Dirección de Acridiología, 201 del 30 de septiembre de 1964 de la ex-Dirección de Lucha Contra las Plagas, y

CONSIDERANDO:

Que la tucura sapo (Bufonacris claraziana Saussure) pertenece a la superfamilia Acridoideos.

Que los Acridoideos, conocidos con el nombre vulgar de tucuras, fueron declarados plaga del agro por la Disposición Nº 2 (Bis) del 15 de junio de 1964 de la entonces Dirección de Acridiología, por el peligro que constituyen para la agricultura y ganadería del país.

Que los Acridoideos ocasionan daños severos en las zonas agrícolas y ganaderas afectadas, tanto en campos naturales como implantados, y debido a sus características biológicas deben ser circunscriptos en su hábitat natural, evitando así daños económicos y sociales significativos.

Que a través de la Resolución Nº RESOL-2019-1668-APN-PRES#SENASA del 9 de diciembre de 2019, se ratifica y mantiene el Programa Nacional de Langostas y Tucuras en el ámbito de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, creado por la Resolución Nº 758 del 8 de noviembre de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que en el marco de las acciones del referido Programa Nacional se ha determinado que la especie Bufonacris claraziana, distribuida principalmente en las estepas y bosques patagónicos, es perjudicial para el agro en función de los daños ocasionados a la agricultura.

Que en virtud de las acciones de monitoreo llevadas a cabo por el aludido Programa Nacional, se ha detectado un avance territorial significativo de la tucura sapo en los últimos años.

Que, además, en el marco de dichas acciones se detectaron brotes poblacionales de la plaga en cuestión en las Provincias del CHUBUT, de RÍO NEGRO y de SANTA CRUZ, se registraron daños en cultivos hortícolas, pasturas y pastizales naturales, así como en...

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