Resolución 135/2015

Fecha de disposición30 Junio 2015
Fecha de publicación06 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33165



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

Resolución 135/2015

Asunto: Prorrógase la habilitación con carácter precario de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. PROYECTO GNL ESCOBAR - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS.

Bs. As., 30/06/2015

VISTO el Alcance N° 12184-178-2012/18 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el escrito del 22 de enero de 2015 presentado por MARITIMA MERIDIAN S.A. a fs. 1, invocando el carácter de agente marítimo de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga por un plazo igual al originario de la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle ubicado en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, concedida por Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y prorrogada sucesivamente por Resolución N° 245/2011 (SDG OAM), Resolución N° 110/2012 (SDG OAM), Resolución N° 218/2012 (SDG OAM), Resolución N° 78/2013 (SDG OAM), Resolución N° 37/2014 (SDG OAM) y Resolución N° 1/2015 (SDG OAM) de esta Subdirección General, informándose que el PODER EJECUTIVO NACIONAL no le otorgó aún la habilitación definitiva de dicho lugar.

Que en función de lo manifestado en la NOTA N° 49/2015 (SE ZTBA) de la Sección Tigre de fs. 30/31, la NOTA N° 70/2015 (DV RESII) de la División Resguardo II de fs. 32, la NOTA N° 103/2015 (SE ZTBA) de fs. 35, la NOTA N° 20/2015 (DE ABAN) del Departamento Aduana de Buenos Aires Norte de fs. 36 y la NOTA (DI ADMI) N° 125/15 de la Dirección Aduanas Metropolitanas I de fs. 36 vta. y ante la existencia de razones de interés público fundadas en la necesidad de abastecer energéticamente a nuestro país, resulta procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter precario, por un nuevo término, correspondiendo a la Dirección precedentemente mencionada verificar la vigencia de las constancias emitidas por los diversos Organismos previamente intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.

Que por el Dictamen N° 288/15 DV DRTA de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 38, conformado por medio de las leyendas del 17 de junio de 2015...

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