Resolución 1345/2019

Fecha de publicación04 Noviembre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2019

VISTO el EX-2018-46442613- -APN-DGDMT#MPYT del registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en el orden N° 2, páginas 2/4 del IF-2018-46531551-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2018-46442613- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURF Y AFINES, por la parte sindical, y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TROTE por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el orden N° 6, página 1 del IF-2018–53606717-APN-DNRYRT#MPYT, del mentado expediente obra el acta de ratificación del acuerdo de marras, mediante la cual las partes aclaran que la fecha de celebración del acuerdo es 1° de marzo de 2018.

Que el mencionado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 679/13.

Que a través del referido acuerdo las partes pactan una recomposición salarial para los trabajadores, conforme a los términos y condiciones del texto.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento, se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o...

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