Resolución 1342/2014

Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2014



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1342/2014Bs. As., 27/11/2014

VISTO el Expediente N° 3237/2013 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.522, tiene como objeto la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la REPUBLICA ARGENTINA y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que la citada ley considera a la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual como una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población, a través de la cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

Que asimismo, establece en su artículo 10, la creación de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) como autoridad de aplicación de la misma.

Que en su artículo 71, establece que “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o de protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales- (...) así como de sus normas complementarias y/o modificatorias y de las normas que se dicten para la protección de la salud y de protección ante conductas discriminatorias”.

Que mediante la sanción de la Ley N° 26.485 se estableció la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, siendo el CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de dicha ley.

Que por el Decreto N° 1011/10, se reglamentó la Ley N° 26.485 y se facultó al CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION a dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación.

Que el presidente del DIRECTORIO de AFSCA, Sr. Martín SABBATELLA, suscribió un Convenio de Cooperación con el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES a través del CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES, representado por la Dra. Matilde MORALES.

Que el mencionado Convenio tiene por objeto acordar un marco institucional entre las partes a fin de implementar acciones de cooperación con el objetivo de sensibilizar y concientizar a la comunidad en su conjunto sobre el respeto por los Derechos Humanos de las mujeres, la igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres, y la perspectiva de género.

Que la DIRECCION...

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