Resolución 134/2019

Fecha de publicación15 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
VISTO el Expediente EX-2018-37056676-APN-LAM#FAA, los Decretos Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213- APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE FUNES, de la Provincia de SANTA FÉ, tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en Avenida Fuerza Aérea Argentina N° 1901, de la localidad de FUNES, del Departamento ROSARIO, de la Provincia de SANTA FE, identificado catastralmente como Departamento 16 - Distrito 4 - Sección 2 - Manzana 130 -Parcela 11, vinculado al CIE N° 8200002092/2, y que cuenta con una superficie aproximada de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (78,05 m2), según se detalla en el croquis PLANO-2019-12381278-APN-DNSRYI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la referida solicitud tiene por objeto destinar el inmueble solicitado a la construcción de una rotonda ordenadora del tráfico vehicular, la cual se emplazaría en el único ingreso / egreso que la ciudad de Funes posee a la autopista Rosario-Córdoba.

Que el inmueble citado se halla en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA- ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, conforme surge de los informes técnicos practicados en esta AGENCIA.

Que en función de las características de la obra, la MUNICIPALIDAD DE FUNES manifestó su voluntad de comprar el inmueble objeto de las presentes actuaciones a fin de consolidar a su nombre el dominio del mismo.

Que en virtud de lo expuesto ha requerido que mientras se instan los trámites de compra se le otorgue un permiso de uso para iniciar tareas vinculadas a la obra.

Que conforme surge de la constatación practicada en el ámbito de esta AGENCIA, se verifica que el inmueble se emplaza en un cruce vial de gran circulación vehicular y se encuentra libre de construcciones.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional, ejerciendo en forma exclusiva la...

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