Resolución 1338/2015

Fecha de disposición11 Mayo 2015
Fecha de publicación18 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33131



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1338/2015Bs. As., 11/5/2015

VISTO las Resoluciones N° 3785/13/INCAA, 1590/14/INCAA, la Disposición 1/15 de la Gerencia de Fiscalización, el Expediente 2938/2015/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 73° del Anexo I de la Resolución N° 3785/13/INCAA, modificado por el Artículo 34 de la Resolución N° 1590/14/INCAA estableció que las Empresas Exhibidoras tendrán un plazo de NOVENTA (90) días hábiles para la implementación de los Formatos aprobados en los Anexos II y III, y de los Artículos 8°, 29°, 30° y 31° del Anexo I de la Resolución N° 3785/13/INCAA.

Que la Disposición 1/15 de la Gerencia de Fiscalización concedió la prórroga adicional de SESENTA (60) días hábiles previsto en el mencionado artículo a las empresas que lo solicitaron.

Que las empresas exhibidoras han requerido una nueva prórroga.

Que analizados los casos, se estima procedente conceder la prórroga solicitada.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01) y el Decreto N° 1536/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Conceder una prórroga hasta el día 31 de Julio de 2015 inclusive para la implementación de los formatos aprobados en los Anexos II y III, y de los Artículos 8°, 29°, 30° y 31° del Anexo I de la Resolución N° 3785/13/INCAA, modificada por la Resolución N° 1590/14/INCAA a las empresas detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2°

— Las empresas del Anexo I cuyas Declaraciones Juradas para el Fondo de Fomento Cinematográfico no han podido ser remitidas entre los días 16 y 20 de Marzo de 2015, en la aplicación web “Sistema de presentación de F700 - F708 On Line” que se encuentra en la dirección http://ddjj.incaa.gov.ar, no serán pasibles de sanciones si las mismas han sido declaradas dentro de los cinco días hábiles de publicación de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

e. 18/05/2015 N° 66943/15 v. 18/05/2015

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR