Resolución 1336-E.

EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2017

Resolución 1336-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2017

VISTO el Expediente N° 4.438/2015 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, hoy ENTE NACIONAL DE LAS COMUNICACIONES, la Ley N° 27.078, y;

CONSIDERANDO:

Que es política de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES promover el desarrollo de las nuevas aplicaciones de las telecomunicaciones que surgen de los adelantos tecnológicos, en la medida que el comportamiento radioeléctrico de los equipos involucrados cumpla con los requerimientos necesarios para preservar el uso eficiente del espectro, entre otros aspectos.

Que de estudios realizados por este ENTE NACIONAL surge que es posible atribuir la banda de frecuencias de 60 GHz para su utilización por sistemas inalámbricos de múltiples gigabits (MGWS, Multiple Gigabit Wireless Systems), incluyendo redes inalámbricas de área personal (WPAN, Wireless Personal Area Netwok) y local (WLAN, Wireless Local Area Network).

Que las redes con dispositivos MGWS poseen un alcance de aproximadamente 10 metros para uso interior, pudiendo ser desplegadas con un punto de acceso, como las WLAN en modo infraestructura, o también sin utilizar un punto de acceso, como las WLAN en modo ad-hoc y WPAN.

Que las redes con dispositivos MGWS con punto de acceso pueden brindar cobertura a un terminal de usuario de una red WLAN.

Que las redes con dispositivos MGWS sin punto de acceso pueden emplearse para establecer enlaces directos de transmisión de datos entre equipos.

Que las aplicaciones mencionadas para los dispositivos MGWS son predominantemente concebidas para uso en interiores.

Que las aplicaciones típicas de esta banda de frecuencias, tales como interfaces multimedia de alta definición, estaciones de conexión inalámbrica, subida y/o descarga rápida de datos y otras de similar utilidad, requieren un mínimo de 7 GHz de espectro contiguo de ancho de banda en el rango 57,0 GHz - 66,0 GHz.

Que en nuestro país la banda de frecuencias de 60 GHz no se encuentra atribuida actualmente a ningún servicio.

Que la UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT), a través del Reglamento de Radiocomunicaciones, atribuye la banda de 57,0 GHz a 66,0 GHz, en las tres regiones, entre otros servicios, a los Servicios Fijo y Móvil, ambos con carácter primario, exceptuando el Servicio Móvil Aeronáutico en el rango de 64,0 GHz a 66,0 GHz.

Que la...

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