Resolución 133.

Fecha de disposición01 Junio 2018
Fecha de publicación01 Junio 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 133/2018

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2018

VISTO el Expediente Nº 1.757.596/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 33/52 del Expediente Nº 1.757.596/17 obran las escalas salariales celebradas entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), la UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA), la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) y la CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO (CAC), ratificadas a fojas 60, 65 y 66, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe señalar que las mentadas escalas salariales corresponden al Acuerdo obrante a fojas 3/11 de autos, que fuera homologado mediante la Resolución de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES N° 95 de fecha 4 de abril de 2017, que obra a fojas 18/19, celebrado para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75.

Que el ámbito de aplicación de las mismas se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos las mentadas escalas salariales.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando las escalas salariales de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo se evaluará la procedencia de...

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