Resolución 1328/2021

Fecha de publicación27 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-46757551-APN-SG#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 y la Resolución N° 683 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD de fecha 11 de noviembre de 2005; y

CONSIDERANDO:

Que tramita en los presentes actuados la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DE TÉCNICOS DE VUELO DE LÍNEAS AÉREAS – OSTVLA (R.N.O.S. N°1-0030-4), a través de la cual solicita se aprueben las modificaciones introducidas a su Estatuto, se registre el ejemplar reformado al efecto y en consecuencia, se reencuadre al Agente del Seguro de Salud en el inciso h) artículo 1° de la Ley N° 23.660.

Que, en este orden, la entidad manifiesta que la reforma estatutaria se efectúa en el marco del “Acuerdo de Colaboración y Fortalecimiento Institucional” celebrado con la MUTUAL DE ASOCIADOS A LA ASOCIACIÓN DE TÉCNICOS MECÁNICOS DE VUELO DE LÍNEAS AÉREAS – MUTVLA (Matrícula INAES N° 2973), en virtud de tener ambas instituciones fines y objetivos comunes respecto de la actividad que representan.

Que lo expuesto no obsta a que cada entidad mantenga su individualidad jurídica, económica y financiera; continuando con sus derechos y obligaciones emanados exclusivamente de las prescripciones de sus estatutos sociales, de las normas y reglamentos que regulan su actividad.

Que la reforma introducida importa la modificación de la integración del Consejo Directivo de la OSTVLA, ascendiendo a cinco (5) el número de miembros titulares y reduciéndose a dos (2) los síndicos titulares del órgano de Fiscalización; todos designados por la citada Mutual, con una duración de 4 años en sus funciones.

Que lo expuesto conlleva el reencuadre del Agente del Seguro de Salud en el inciso h) del artículo de la Ley N° 23.660.

Que al efecto, la ASOCIACIÓN DE TÉCNICOS MECÁNICOS DE VUELO DE LÍNEAS AÉREAS (ATVLA) adjunta copia certificada del Acta de Asamblea General Extraordinaria, en la cual la entidad gremial aprueba -en forma unánime- el Acuerdo de Colaboración referido y la participación de la Mutual en la OSTVLA.

Que en dicha ocasión, se hace constar que esa asociación gremial posee un nexo aglutinante con la Mutual, por cuanto los asociados al gremio la constituyeron, existiendo una relación directa entre los integrantes de ambas entidades y compartiendo propósitos comunes y complementarios.

Que luce agregado en autos el certificado de autoridades gremiales extendido a ATVLA por el MINISTERIO DE TRABAJO...

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