Resolución 132. RESOL-2018-132-APN-AGP#MTR

Fecha de disposición03 Octubre 2018
Fecha de publicación03 Octubre 2018
SecciónResoluciones

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS

Resolución 132/2018

RESOL-2018-132-APN-AGP#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-42750918-APN-MEG#AGP iniciado en esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución AGPSE N° 34/13 se aprobó el REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, modificado posteriormente por Resoluciones AGPSE Nros. 121/15, 40/16, 73/16 y por Resolución N° RESOL-2017-63-APN-AGP#MTR.

Que mediante la Resolución AGPSE N° 51/13 se aprobó el PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LAS COMPRAS Y CONTRATACIONES de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, el que fuera modificado por Resolución N° RESOL-2017-63-APN-AGP#MTR.

Que resulta conveniente que las aludidas normas de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO mantengan coherencia con la normativa emanada del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con el propósito de brindar transparencia y seguridad jurídica en la totalidad de los procedimientos selectivos de ofertas que se lleven a cabo en el ámbito de esta Sociedad del Estado.

Que, en base a lo expuesto, deviene necesario establecer las pautas para tramitar procedimientos selectivos de ofertas en los que se fije la cotización en moneda extranjera, como así también, ampliar los requerimientos exigibles a las áreas solicitantes de bienes, obras o servicios, con el fin de lograr un adecuado nivel de apertura en la determinación de los Presupuestos Oficiales.

Que, asimismo, atento la obligatoriedad de presentación de una "Declaración Jurada de Intereses" impuesta a los oferentes en procedimientos de contratación pública llevados a cabo por cualquiera de los organismos y entidades del Sector Público Nacional, establecida en el Decreto N° 202/17, y teniendo en cuenta la obligación contenida en el artículo 154 del REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y en el artículo 12, inciso h).II del PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, ambos de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y en virtud de la sustitución de la Resolución General AFIP N° 1814 y sus modificaciones efectuada mediante Resolución General AFIP N° 4164/17, deben readecuarse las disposiciones pertinentes del REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y del PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES referidos.

Que, por otro lado, y con la finalidad de optimizar los procedimientos de baja cuantía, es preciso introducir cambios en el procedimiento de Compra Menor previsto en el artículo 31 bis del citado Reglamento.

Que además, resulta oportuno delegar en la GERENCIA GENERAL la facultad de modificar el Anexo I de la "Declaración Jurada de Intereses \u2013 Decreto N° 202/17" que, como ANEXO, forma parte de la presente.

Que, por último, para asegurar el cumplimiento en todas las contrataciones, se entiende oportuno derogar la excepción de presentar garantías que determina los incisos e) y h) del artículo 85 del REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y el apartado III del artículo 4° del PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES.

Que tomaron la intervención de sus respectivas competencias la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES (Orden 5 - IF-2018-43422462-APN-GLCYC#AGP), la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (Orden 12 - IF-2018-45069084-APN-GAFYRRHH#AGP), la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS (Orden 30 - IF-2018-46908276-APN-GAJU#AGP) y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA (Orden 36 - PV-2018-47970802-APN-AGP#MTR).

Que el suscripto, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos y de la Ley Nº 23.696, el Estatuto Social de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, aprobado por Decreto Nº 1456/87 y el Decreto Nº 528/16, está facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE...

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