Resolución 1317. Otórgase personería gremial.

Fecha de disposición24 Noviembre 2015
Fecha de publicación24 Noviembre 2015
SecciónAsociaciones Sindicales

Resolución 1317/2015

Otórgase personería gremial.

Bs. As., 18/11/2015

VISTO el Expediente N° 1.357.644/2009 del Registro, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA (SI.D.I.U.N.LaR), con domicilio en Olsacher 2101, Barrio 25 de Mayo Norte, Ciudad Capital, Provincia de LA RIOJA.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 137 de fecha 26 de febrero de 2008 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo N° 2613.

Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley 23.551.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido existen las siguientes entidades con personería gremial: UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO y UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS.

Que del pedido de personería gremial se corrió traslado por 20 días a las entidades con personería gremial preexistente.

Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN se presentó formulando oposición en virtud de lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento del padrón.

Que la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO se presentó manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden, no obstante el otorgamiento de nuevas personerías en determinadas dependencias o sectores del Estado.

Que la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS no contestó el traslado conferido.

Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Delegación Regional LA RIOJA, el 20 de septiembre de 2012, a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de la peticionante, constatándose, en la misma, la afiliación cotizante de la requirente.

Que a la audiencia del 20 de septiembre de 2012 no comparecieron los representantes de la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO y de la UNIÓN DOCENTES ARGENTINOS, a pesar de estar debidamente notificados.

Que en el acta labrada en la audiencia del 20 de septiembre de 2012 el actuante dejó constancia que compareció el apoderado de la UNIÓN DEL...

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