Resolución 1304/2023

Fecha de publicación29 Marzo 2023
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023

VISTO el EX-2023-31229103- -APN-MGESYA#INAES, las Leyes N° 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos N° 721/00, 1192/02, sus modificatorios y complementarios, y la Decisión Administrativa N° 1302/2022, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Números 19.331, 20.321, 20.337, Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que a tal fin, tiene como misión principal el concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que la Reunión Especializada de Cooperativas del Mercosur (RECM) es el órgano con representación gubernamental de los Estados Parte del MERCOSUR que actúa en coordinación con las entidades privadas del sector cooperativo de carácter nacional de cada país (Resolución GMC 35/01).

Que la LXIII Sesión Plenaria de la RECM se llevará a cabo el día 28 de marzo del corriente en la sede de este Instituto Nacional sito en Av. Belgrano 172, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mientras que el 29 de marzo se realizarán visitas a cooperativas para los socios participantes.

Que en el evento se abordarán temáticas vinculadas a la misión conjunta de prospectiva comercial de las Cooperativas del Mercosur, así como también la definición de objetivos, práctica de principios cooperativos, programas y herramientas relacionadas a la equidad de género en las Cooperativas, entre otros puntos de interés para el universo asociativo.

Que por lo expuesto, se estima apropiado expresar el beneplácito por la visita de los representantes de los países miembros del Mercosur a la República Argentina en el marco de la RECM.

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de la Ley N° 19.549, el...

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